* La medida rige hasta el 1
de octubre. Es indispensable el uso del tapabocas en sitios públicos.
* Municipios con alta
afectación de Covid-19 podrán restringir las actividades que consideren
pertinentes, decretar toques de queda y
ley seca, así como adoptar pico y cédula, previa autorización del Mininterior.
A partir de este martes 1º
de septiembre el departamento del Atlántico, al igual que el resto del país,
comienza a vivir una nueva fase dentro de la pandemia, que es el llamado
distanciamiento individual responsable como medida de autocuidado y disminución
del riesgo de la propagación del Covid-19, para todos los municipios.
En ese sentido, la
gobernadora del Atlántico, Elsa Noguera, expidió el decreto 00310 del 30 de
agosto de 2020, por medio del cual se imparten medidas e instrucciones en
virtud de la emergencia sanitaria y se decreta el aislamiento selectivo, de
acuerdo a lo ordenado por el decreto 1168.
“La medida rige para todos
los municipios del departamento del Atlántico, a partir de las cero horas del
primero de septiembre del 2020, hasta las cero horas del primero de octubre de
2020. Esta medida deberá cumplirse en observancia de los protocolos de
bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la
disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en
las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección
Social”, dice uno de los apartes del decreto.
El mencionado documento
también establece que siempre que los habitantes de los municipios del
departamento estén fuera de su domicilio, será obligatorio el uso del
tapabocas, el cual debe cubrir nariz y boca.
Asimismo, la Gobernadora del
Atlántico indicó que un equipo conformado por funcionarios de las Secretarías
de Salud, Desarrollo Económico y Jurídica, acompañará a los alcaldes en la
revisión de los protocolos y para trabajar de forma articulada en la apertura
gradual de los sectores, dependiendo de la actividad económica de cada municipio.
ACTIVIDADES
PROHIBIDAS
Estará restringido el
ejercicio de actividades presenciales en los siguientes espacios:
1. Eventos de carácter
público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con
las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección
Social.
2. Bares, discotecas y
lugares de baile.
3. El consumo de bebidas embriagantes
en espacios públicos y establecimientos de comercio.
El secretario del Interior
del Departamento, Yesid Turbay, explicó que, de acuerdo con el decreto, en todo
caso los alcaldes municipales y/o distritales podrán solicitar al Ministerio
del Interior autorización para implementar planes piloto en: establecimientos y
locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el
consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local.
Para la realización de
ferias empresariales, siempre y cuando se cumplan los protocolos de
bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de
Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades.
“La autorización que imparta
el Ministerio del Interior requerirá́ del previo concepto favorable del
Ministerio de Salud y Protección Social”, agregó el funcionario.
Es de anotar que los
alcaldes de los municipios de alta afectación, con autorización del Ministerio
del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, podrán
restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes
para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, según sus
atribuciones constitucionales y legales como primera autoridad de orden
público, empleando medidas extraordinarias de policía como el toque de queda,
pico y cédula, ley seca, entre otras, de acuerdo con la variación en el
comportamiento de la pandemia.
Toda actividad que se
realice en el departamento del Atlántico deberá cumplir los protocolos
generales y especiales de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud
y Protección Social para el control y las órdenes e instrucciones emitidas por
los alcaldes, en especial: Mantener el distanciamiento social y uso obligatorio
de tapabocas.
Durante el tiempo que dure
la emergencia sanitaria por causa de la pandemia, las entidades del sector
público y privado procurarán que sus empleados o contratistas, cuya presencia
no sea indispensable en la sede de trabajo, desarrollen sus funciones y
obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo en casa u otras
similares.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario