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miércoles, 18 de marzo de 2020

Presidencia desautoriza a gobernadores y alcaldes en materia de procedimientos COVIC-19


La Presidencia de la República de Colombia sorprendió a todos esta tarde al emitir un decreto en el que desautoriza lo actuado por Alcaldías y Gobernaciones del país en materia de orden público frente al tema de la lucha contra el coronavirus, y dispone que toda la actuación futura sea supervisada por los ministerios de Defensa y el Interior.

La medida tiene fundamentos legales dentro del manejo del orden público que derivan de la crisis de la salud por la expansión de la pandemia, pero sorprende a todos por la forma determinante como el decreto deja sin poder a Alcaldes y Gobernadores.

" Lo que quiere el Presidente es dar un golpe de autoridad y acabar con la falta de coordinación entre los entes territoriales frente al tema de decretar medidas extremas como el toque de queda y otras prohibiciones y adoptar un solo programa de orden público", comentó el especialista Abelardo Hernández.

Al dar a conocer esa determinación el gobierno colombiano fue tajante con los periodistas presentes en Palacio y sólo permitió tres preguntas que fueron respondidas de manera parca.

El decreto  418 del 18 de marzo de 2020 mediante el cual hace unas precisiones sobre el manejo del orden público con el objeto de prevenir la expansión del coronavirus, COVID-19, contempla entre otras cosas, lo siguiente:
En el artículo primero establece que la dirección del manejo del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación  del COVID-19, en el territorio nacional y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus  COVIC-19, estará en cabeza del presidente de la República.

El artículo segundo dice que las instrucciones, actos y órdenes del Presidente de la República en materia de orden público, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, se aplicarán de manera inmediata y preferente sobre las disposiciones de gobernadores y alcaldes.  Las instrucciones, los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.

Las disposiciones que para el manejo del orden público expidan las autoridades, departamentales, distritales y municipales, deberán ser previamente coordinadas y estar en concordancia con las instrucciones dadas por el presidente de la República, de acuerdo con lo estipulado en el parágrafo primero.

Además  estipula en el artículo 4 sanciones para los gobernadores y alcaldes Distritales y municipales que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto.



Hace unos minutos la gobernadora del Atlántico, Elsa Noguera, dió a conocer a través de las redes sociales que acata la directriz presidencial con respecto a los toques de queda.


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